Colombia una legislación pionera en América Latina sobre refugiados climáticos
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Un proyecto de ley colombiano pretende reconocer y abordar oficialmente el problema de los desplazamientos internos forzosos causados por el cambio climático y la degradación del medio ambiente

En 2005, cuando la crisis climática aún no era un tema político destacado, el profesor Norman Myers realizó un exhaustivo estudio en el que preveía que en 2050 habría unos 200 millones de refugiados desplazados por el cambio climático. Sus conclusiones fueron recibidas tanto con críticas como con apoyo, y algunos argumentaron que la cifra real podría ser incluso mayor, llegando a los mil millones de refugiados climáticos para entonces.

Aunque el estudio fue objeto de críticas, es innegable que puso de relieve el problema de los desplazamientos inducidos por el clima. Hoy en día, este problema se debate con una preocupación aún mayor a medida que las temperaturas alcanzan niveles alarmantes. Aunque históricamente las migraciones humanas se han visto influidas por el clima, la gravedad del cambio climático actual ha hecho saltar las alarmas entre gobiernos e investigadores por sus posibles repercusiones en las comunidades.

Casi dos décadas después de que el profesor Myers hiciera su notable estimación, Colombia está dando pasos para convertirse en el primer país de América Latina en promulgar una ley que aborde el desplazamiento climático. Sin embargo, aún quedan importantes obstáculos por superar, ya que la medida sólo ha sido aprobada en primer debate de los cuatro necesarios para aprobar el proyecto de ley.

La legislación, presentada por los legisladores colombianos Julia Miranda (Nuevo Liberalismo), Duvalier Sánchez (Alianza Verde) y Daniel Carvalho (Independiente), pretende reconocer oficialmente la ocurrencia del desplazamiento forzado interno como consecuencia del cambio climático y la degradación ambiental en el país.

El tema del desplazamiento inducido por el clima es complejo y difícil de definir, ya que implica diversos factores y consideraciones. Aunque pueda parecer sencillo asociarlo a quienes se ven obligados a desplazarse debido a huracanes o desastres relacionados con el clima, expertos como Dominic Kniveton destacan que estas migraciones, incluso cuando están influidas por el cambio climático, suelen estarlo por una serie de otros factores y decisiones.

Algunos expertos abogan por una definición más inclusiva del desplazamiento inducido por el clima. Por ejemplo, una investigación publicada en el Journal of Environmental Economics and Management destaca una correlación significativa entre migración y agricultura. Cuando se produce una sequía y se pierden las cosechas, las personas pierden sus medios de subsistencia y se ven obligadas a emigrar. Por lo tanto, un aspecto clave del proyecto de ley en estudio es cómo definir con precisión a las personas que han sido desplazadas internamente debido al cambio climático, teniendo en cuenta diversos factores y escenarios.

La versión actual del proyecto de ley define el desplazamiento interno forzado debido al cambio climático y la degradación del medio ambiente como el movimiento involuntario de personas, familias o grupos sociales que se ven obligados a abandonar su lugar habitual de residencia, sus vínculos familiares y sociales, sus actividades económicas y/o sus medios de subsistencia debido a los efectos de desastres naturales o del cambio climático, o para prevenir dichos efectos.

Según Clara De La Hoz Del Real, socióloga y especialista en migraciones climáticas, la definición de desplazamiento climático debe considerarse cuidadosamente y someterse a debate social para evitar su estigmatización.

Clara De La Hoz Del Real subraya que la construcción de categorías para el desplazamiento climático es un proceso social que no debe despojar de derechos a los afectados. Ella explica:

“En Colombia, la categoría de desplazamiento y la figura socialmente construida del desplazado vienen acompañadas de desventajas políticas y sociales, como la estigmatización, la victimización y las exclusiones, que reflejan la dinámica de poder de quienes asignan estas etiquetas sobre quienes son etiquetados.”

Clara De La Hoz Del Real subraya además que la creación de categorías para el desplazamiento climático debe implicar no sólo a los actores estatales, sino también a un enfoque social, inclusivo y horizontal para evitar posibles daños. Subraya que el gobierno no debe olvidar su responsabilidad a la hora de abordar el cambio climático y sus problemas asociados, incluidos los desastres naturales.

Mauricio Madrigal, jefe de medio ambiente y salud pública de la Universidad de los Andes, subraya que el proyecto de ley debería reconocer cómo el desplazamiento forzado es un concepto jurídico que pone de relieve cómo el cambio climático afecta a los derechos humanos. Subraya que la política debe integrar la gestión del riesgo, el medio ambiente y el sector de la vivienda. Señala además que la migración inducida por el clima no debe ser vista necesariamente como algo negativo cuando se categoriza adecuadamente, ya que también puede ser vista como un proceso de adaptación humana a las cambiantes condiciones ambientales.